Reconocer la dignidad inherente y los derechos inalienables de todos los seres humanos en cuanto tales, refleja un abordaje humanístico de las facultades del ser.
El 10 de diciembre de 1948, hace hoy 75 años, la Asamblea General de las Naciones Unidas adopta y proclama a través de la Resolución número 217, la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH); la misma surge históricamente como respuesta a las atrocidades cometidas durante la Segunda Guerra Mundial.
Se promulga, dos años después en documento universal, los DERECHOS HUMANOS FUNDAMENTALES, lo cual marca un hito en la historia de la humanidad, siendo la primera vez que los países acuerdan las libertades y los derechos que merecen protección universal para que todas las personas vivan su vida en libertad, igualdad y dignidad.
El documento sentó uno de los pilares mundiales en la protección de los derechos más básicos de las personas reafirmando principios de justicia, universalidad, interdependencia, no discriminación, entre otros, independientemente de la nacionalidad, raza, religión o cualquier otra condición del sujeto.
La República Argentina suscribió a la DUDH desde el inicio, incluyéndola en la Constitución Nacional de 1994 en el artículo 75 inciso 22. La vigencia de esta, como responsabilidad de los estados, debe ser primordial en toda agenda de lo público, deseable desde todo enfoque privado e imprescindible para el funcionamiento de una sociedad planteada en el marco del respeto, la igualdad y los derechos.
Su legado sigue siendo una guía fundamental para la protección y promoción de los derechos humanos en todo el mundo. En el siglo XXI, esto se mantiene como uno de los pilares fundamentales para el desarrollo y la convivencia global, lo cual resulta esencial en un mundo interconectado y diverso.
Si bien en la actualidad, la tecnología y la globalización han transformado la manera en que experimentamos y entendemos nuestros derechos, la privacidad, por ejemplo, se ve amenazada por la digitalización de la información, lo que destaca la necesidad de actualizar y fortalecer los mecanismos de protección.
Asimismo, el reconocimiento de nuevos derechos, como el acceso a internet, la protección del medio ambiente y la igualdad de género, refleja la evolución de nuestras sociedades, la cual no debe quedar ajena a deberes y derechos.
En una perspectiva humanista, se trata no sólo de reconocerlos, sino también de garantizar su ejercicio efectivo y fomentar la conciencia social sobre la importancia de estos.
El compromiso con el cumplimiento de los derechos humanos no es sólo responsabilidad de los gobiernos, sino de la sociedad toda.
La educación y la sensibilización juegan un papel crucial para construir una cultura de respeto y tolerancia. Además, es imperativo abordar las desigualdades sistémicas que persisten en distintas partes del mundo, reconociendo y rectificando las injusticias históricas.
Si bien ha habido avances en cuanto a la protección y al ejercicio de los derechos humanos, es el déficit lo que debe llevarnos a la reflexión y a la acción.
La mención del Estado como responsable merece algunas observaciones. Éste no es un ente autárquico, independiente de la comunidad a la que pertenece y rige. La frase “responsabilidad del Estado” no debe de modo alguno exceptuar de responsabilidad a las asociaciones civiles, agrupaciones políticas, e individuos (ciudadanos) en cuanto al respeto, promoción y defensa de los Derechos Humanos. Es claro que el nivel de responsabilidades y la capacidad de gestionar para ese objetivo es distinto, podemos decir mayor del Estado. Parte de la responsabilidad de la sociedad es, a través de los mecanismos a su alcance, exigir al Estado cumplir con su responsabilidad.
Toda declaración, llevada a ley, que no se haga cumplir en su totalidad, se convierte en algo retórico una declamación insustancial. La DUDH debe ser incluida en el bagaje cultural de los pueblos que adhieren a ella, encarnándose en la sociedad. Para ello debe ser expuesta con acciones claras por las organizaciones tanto estatales, como no estatales, ser incluida en la educación formal y en todo ámbito de discusión pública.
En la DUDH se incluye a toda la población; el artículo 25 habla del cuidado de la familia, y de niños y niñas en particular más allá de los adultos, y el artículo 26 remarca el acceso a la educación como un Derecho Humano. Se suman a dichos artículos la Declaración de los Derechos del Niño de la ONU de 1959 y la Convención sobre los Derechos del N, N Y A adoptada por la Asamblea General de Naciones Unidas en 1989.
Argentina ha logrado avances notables en materia de derechos humanos, pero el camino hacia un futuro más equitativo, con igualdad de acceso y oportunidades tanto a lo largo como a lo ancho de nuestro país, requiere un compromiso continuo.
Abordar desafíos persistentes, aprovechar la innovación y fortalecer la colaboración internacional son pasos esenciales para consolidar y avanzar en la protección de los derechos humanos en Argentina y en todos los países del mundo. Parte de este trabajo consiste en adaptarse a un entorno cambiante, abrazar la diversidad y luchar contra las injusticias.
Sólo a través de un compromiso global y continuo podemos construir un mundo en el que todos los seres humanos gocen plenamente de sus derechos y vivan con dignidad.
El 10 de diciembre es una oportunidad para reflexionar, renovar los esfuerzos en pos de la lucha por los derechos humanos y en contra de la pobreza, la desigualdad, la violencia, la exclusión y la discriminación.
Subcomisión de Humanidades.
Subcomisión de Ética Clínica.
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